Normas
Normas
En esta sección podrás encontrar las leyes, pactos, circulares y conceptos de la DNDA, entre otros, que como agremiación debemos acatar.
Normas nacionales
Ley de la música - Ley 2026 de 2026
Con su entrada en vigor, fortalece la protección de los derechos de los titulares, impulsa el desarrollo de la industria musical y establece herramientas para combatir la gestión fraudulenta en el recaudo de los derechos de autor y conexos.
Ley 1915 de 2018
La ley actualiza normas para proteger obras y creaciones, regula su uso y distribución, establece sanciones contra infracciones, crea excepciones para educación y cultura, y define medidas para garantizar el acceso y la preservación del patrimonio.
Ley 1801 de 2016
La ley regula eventos masivos para garantizar seguridad y convivencia, exige permisos, planes de contingencia y medidas preventivas, y asigna responsabilidades a organizadores y autoridades para proteger a la comunidad y el espacio público.
Ley 1493 de 2011
La ley busca formalizar y fortalecer el sector de espectáculos públicos, promoviendo la cultura, regulando su organización, creando incentivos y mecanismos de financiación, y garantizando acceso, transparencia y control en la gestión cultural.
Ley 1032 de 2006
La ley endurece sanciones contra el uso ilegal de servicios, la copia o distribución no autorizada de obras y la manipulación de mecanismos de protección, buscando garantizar el respeto a la propiedad intelectual y comercial.
Ley 599 de 2000
La ley establece sanciones penales para quienes vulneren derechos sobre obras creativas, incluyendo su uso, reproducción o alteración sin autorización, y busca proteger la integridad y el valor de la creación artística y cultural.
Ley 44 de 1993
La ley refuerza la protección de obras y derechos de autor, regula su registro, establece normas para sociedades de gestión, fija sanciones contra usos indebidos y define obligaciones para garantizar el respeto a la creación artística y cultural.
Ley 23 de 1982
La ley establece normas para proteger las creaciones artísticas, literarias y científicas, reconociendo derechos a sus autores y regulando su uso, reproducción y transmisión, así como las limitaciones y excepciones aplicables.
Decreto único reglamentario del sector administrativo del interior
Compila normas del Ministerio del Interior para simplificar su aplicación. Regula organización estatal, atención a víctimas, derechos ciudadanos, convivencia social y participación democrática, promoviendo protección, memoria y coordinación institucional.
Constitución política ART. 61
PROTECCION A LA PROPIEDAD INTELECTUAL
El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley.
Resolución 3207 de 2024 Policía Nacional
La resolución establece normas y lineamientos para la prestación del servicio de policía, orientadas a garantizar seguridad, convivencia, respeto por los derechos humanos y eficiencia en la atención ciudadana en todo el territorio nacional.
Ley 1915 de 2018
La ley actualiza normas para proteger obras y creaciones, regula su uso y distribución, establece sanciones contra infracciones, crea excepciones para educación y cultura, y define medidas para garantizar el acceso y la preservación del patrimonio.
Ley 1801 de 2016
La ley regula eventos masivos para garantizar seguridad y convivencia, exige permisos, planes de contingencia y medidas preventivas, y asigna responsabilidades a organizadores y autoridades para proteger a la comunidad y el espacio público.
Ley 1493 de 2011
La ley busca formalizar y fortalecer el sector de espectáculos públicos, promoviendo la cultura, regulando su organización, creando incentivos y mecanismos de financiación, y garantizando acceso, transparencia y control en la gestión cultural.
Ley 1032 de 2006
La ley endurece sanciones contra el uso ilegal de servicios, la copia o distribución no autorizada de obras y la manipulación de mecanismos de protección, buscando garantizar el respeto a la propiedad intelectual y comercial.
Ley 599 de 2000
La ley establece sanciones penales para quienes vulneren derechos sobre obras creativas, incluyendo su uso, reproducción o alteración sin autorización, y busca proteger la integridad y el valor de la creación artística y cultural.
Ley 44 de 1993
La ley refuerza la protección de obras y derechos de autor, regula su registro, establece normas para sociedades de gestión, fija sanciones contra usos indebidos y define obligaciones para garantizar el respeto a la creación artística y cultural.
Ley 23 de 1982
La ley establece normas para proteger las creaciones artísticas, literarias y científicas, reconociendo derechos a sus autores y regulando su uso, reproducción y transmisión, así como las limitaciones y excepciones aplicables.
Decreto único reglamentario del sector administrativo del interior
Compila normas del Ministerio del Interior para simplificar su aplicación. Regula organización estatal, atención a víctimas, derechos ciudadanos, convivencia social y participación democrática, promoviendo protección, memoria y coordinación institucional.
Constitución política ART. 61
PROTECCION A LA PROPIEDAD INTELECTUAL
El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley.
Normas comunitarias y tratados internacionales
Tratado de la OMPI sobre interpretación o ejecución y fonogramas – WPPT (1996)
El tratado establece normas internacionales para proteger a artistas y productores, regula derechos sobre interpretaciones y grabaciones, incluye medidas contra usos no autorizados y busca equilibrar la protección con el acceso a la información en la era digital.
Decisión 351 de 1993 Comunidad Andina
La decisión establece normas para proteger obras y creaciones, reconoce derechos de autores y artistas, regula su uso y transmisión, fija plazos de protección y promueve la gestión colectiva, garantizando acceso y respeto a la propiedad intelectual en la región.
Convenio de Roma
La Convención de Roma establece normas internacionales para proteger a artistas, productores y emisoras, garantizando derechos sobre interpretaciones, grabaciones y transmisiones, promoviendo un trato equitativo y condiciones mínimas de protección.
Manuales y guías
Manual de Derecho de Autor
El manual explica la importancia de proteger las creaciones intelectuales, detalla derechos y deberes de los autores, formas de uso responsable, gestión colectiva y cómo la protección impulsa la cultura, la creatividad y el acceso a obras en beneficio de la sociedad.
Guía derecho de autor
La guía explica cómo proteger y gestionar creaciones artísticas y literarias, detalla derechos de los autores, opciones para generar ingresos, registro voluntario y autorizaciones, promoviendo el respeto y uso responsable de obras en distintos ámbitos.
Guía Ley 1493 de 2011
La ley impulsa la cultura regulando espectáculos públicos, mejorando escenarios y gestionando recursos, para garantizar acceso seguro y promover la participación de autoridades locales en el fortalecimiento de las artes escénicas.
Conceptos DNDA
Concepto DNDA 1-2019-131 (2-2019-9142)
El texto explica que el uso público de obras y música requiere autorización y pago a los titulares o sus representantes. Estas gestiones pueden hacerse de forma individual o colectiva, y su incumplimiento genera sanciones legales.
Concepto DNDA 1-2018-13450
El texto explica que las creaciones intelectuales son protegidas desde su origen y cualquier uso requiere autorización del titular. Incluye normas sobre licencias, transferencias y difusión en internet, destacando la importancia de respetar derechos.
Concepto DNDA 1-2018-3182
El texto indica que cualquier uso público de obras, incluso en televisión o música, requiere autorización y pago a entidades autorizadas. Las tarifas son privadas y negociadas, y hay sanciones por incumplimiento.
Concepto DNDA 1-2018-1551
El texto explica que las obras creativas están protegidas desde su creación y cualquier uso, incluso en internet, requiere autorización previa del titular. Se recomienda registro para mayor seguridad y existen mecanismos legales para resolver conflictos.
Concepto DNDA 1-2017-106807
El texto explica que para transmitir música o contenidos por internet se requiere autorización previa del titular. Las tarifas son privadas y negociadas, y el uso sin permiso puede generar sanciones.
Concepto DNDA 1-2017-84147
El texto indica que para usar obras en medios como radio se requiere autorización previa del titular. Las tarifas por este uso son privadas, se acuerdan entre las partes y no constituyen impuestos.
Concepto DNDA 1-2017-28852
El texto explica que cualquier uso público de obras, como música en hoteles o eventos, requiere autorización previa del titular. Indica que existen entidades autorizadas para gestionar estos permisos y que el pago es obligatorio.
Concepto DNDA 1-2017-2476
El texto explica que para usar obras en transmisiones por internet se requiere autorización previa del titular. También indica que existen entidades autorizadas para gestionar estos permisos y que las tarifas son privadas, no impuestos.
Concepto DNDA 1-2017-1668 (2-2018-5267)
El texto explica cómo se pueden gestionar los derechos de autor en Colombia, ya sea de forma individual o mediante sociedades autorizadas, y resalta que cualquier uso de obras requiere autorización previa del titular.
Concepto DNDA 1-2016-70559
El texto explica que las creaciones artísticas y literarias están protegidas por ley, su uso requiere autorización previa del titular y esto aplica también en entornos digitales y establecimientos abiertos al público.
Concepto DNDA 1-2016-48046
El documento explica la importancia de proteger las creaciones artísticas y literarias, detalla los derechos que tienen los autores sobre sus obras y señala que cualquier uso requiere autorización previa, incluso en medios digitales.
Concepto DNDA 1-2016-28867
El documento explica que usar obras en establecimientos, ya sea para reproducirlas o comunicarlas al público, requiere autorización y pago a sus titulares, garantizando respeto a la creación y cumplimiento legal mediante gestión individual o colectiva.
Concepto DNDA 1-2016-20379
El documento explica que usar obras musicales o audiovisuales en hoteles, incluso en habitaciones, requiere autorización y pago a sus titulares, garantizando respeto a la creación y cumplimiento legal mediante gestión individual o colectiva.
Concepto DNDA 2-2015-27812
El documento explica que para usar obras y música en eventos públicos se requiere autorización y pago a sus creadores, ya sea mediante gestión individual o colectiva, garantizando respeto a la creación y cumplimiento legal.
Concepto DNDA 1-2013-28580
El documento explica que las obras creativas están protegidas desde su creación, regula su uso en entornos digitales y señala excepciones para fines privados y sin lucro, promoviendo respeto a los autores y acceso responsable a la cultura.
Concepto DNDA 1-2009-40858
El documento explica que para usar obras musicales en público se requiere autorización del titular o de sociedades autorizadas, promoviendo la gestión colectiva e individual para garantizar respeto a los creadores y acceso legal a sus obras.
Circulares
Circular externa No. 05 del 2025
La circular establece que los establecimientos deben contar con autorización y comprobante de pago por uso de obras protegidas, y la policía verificará su cumplimiento, aplicando sanciones en caso de no hacerse.
Circular externa 03 DNDA – Transporte público
La circular indica que las empresas y vehículos de transporte público deben contar con autorización para reproducir música o videos, garantizando el respeto a derechos de autor y evitando sanciones.
Directiva presidencial
La directiva ordena a entidades públicas promover respeto por derechos de autor, evitar uso ilegal de obras y garantizar contratos claros, fomentando una cultura de legalidad en todas sus actividades.
Comunicado 096
El comunicado recuerda a autoridades locales la obligación de exigir autorizaciones y pagos por uso de obras en eventos, garantizando respeto a derechos de autor y evitando sanciones disciplinarias.
Circular externa 025
La circular explica que el uso de obras y contenidos en establecimientos o eventos requiere autorización y pago a los titulares, promoviendo respeto por la propiedad intelectual y evitando sanciones.
Circular externa
La circular indica que alcaldes y responsables deben garantizar que los espectáculos públicos cuenten con autorización y pago por uso de obras, para cumplir las normas de derechos de autor y conexos.
Circular complementaria
La circular indica que las entidades públicas deben obtener autorización y pagar por el uso de música en eventos, ya sea mediante sociedades autorizadas o directamente con los titulares.
Circular conjunta
La circular orienta a entidades públicas sobre cómo respetar derechos de autor en contratos y uso de obras, exigiendo autorizaciones y buenas prácticas para evitar infracciones y proteger la propiedad intelectual.
Circular 21
La circular aclara que el uso público de obras musicales requiere autorización y pago a los titulares, ya sea mediante gestión individual o colectiva, y advierte sobre la obligación de cumplir estas normas para evitar sanciones.
Circular 18
El documento orienta sobre la obligación de contar con autorización y pagar por el uso público de música en eventos y establecimientos, promoviendo respeto a la propiedad intelectual y evitando sanciones.
Circular 15
El documento orienta sobre la obligación de contar con autorización y pagar por el uso público de música en eventos y establecimientos, promoviendo respeto a la propiedad intelectual y evitando sanciones.
Circular 13
La circular indica que los establecimientos que usen música deben contar con autorización previa y pagar lo correspondiente a los titulares, promoviendo respeto por derechos y evitando sanciones
Circular 11
La circular orienta a autoridades para garantizar que los establecimientos que usan música cuenten con autorización previa y paguen lo correspondiente, promoviendo respeto por derechos de autor y conexos.