Responsabilidades y obligaciones de las autoridades territoriales para la protección de derechos de autor y conexos

Directiva 17 de 2025 | Procuraduría General de la Nación

La Procuraduría General de la Nación recordó y reforzó las obligaciones legales de alcaldes y autoridades territoriales frente a la protección de los derechos de autor y conexos en la realización de conciertos, festivales y demás espectáculos públicos. Mediante un pronunciamiento fechado el 14 de octubre de 2025, el jefe del Ministerio Público, Gregorio Eljach Pacheco subrayó que ninguna autoridad puede autorizar representaciones escénicas, recitales, ejecuciones musicales o eventos masivos sin que los organizadores acrediten previamente la autorización expresa de los titulares de las obras o de sus representantes legales, así como el pago de la remuneración correspondiente. El documento advierte que, de acuerdo con la Constitución, la normativa andina y la legislación colombiana, las autoridades que permitan estos eventos sin cumplir tales requisitos pueden ser responsables solidarias por la vulneración de los derechos patrimoniales de autores, intérpretes y productores.

La Procuraduría precisó que las sociedades de gestión colectiva, como las reconocidas por la Dirección Nacional de Derecho de Autor, gozan de legitimación presunta para representar los repertorios de sus afiliados, mientras que los gestores individuales deben demostrar de manera estricta la titularidad de las obras que administran e individualizar el repertorio que autorizan. En ese sentido, instó a los alcaldes y funcionarios encargados de expedir permisos a exigir catálogos, licencias y comprobantes de pago, y a negar o suspender inmediatamente los espectáculos cuando no se cumplan las formalidades legales. Finalmente, el organismo de control advirtió que el incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones administrativas, disciplinarias e incluso penales, e invitó a la ciudadanía a ejercer control social y denunciar ante las autoridades competentes cualquier irregularidad en la autorización de eventos que utilicen música protegida.

Conoce el contenido de la Directiva 17 de 2025 publicada por la Procuraduría General de la Nación aquí.

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